Artículo redactado por Luis Castel Aznar, director de contratación de Electrotecnia Monrabal.
En el BOE de 9 de noviembre, se publica la nueva Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
La entrada en vigor será a los cuatro meses desde su publicación en el BOE, es decir, entrará en vigor el 9 de marzo de 2018 con algunas excepciones que vienen indicadas en la disposición final 16ª.
Las principales novedades que podemos destacar son las siguientes:
- Menor carga burocrática y mayor simplificación de procedimientos que la Ley anterior (TRLCSP).
- La nueva ley apuesta por un modelo de Contratación Pública transparente y estratégica, incluyendo referencias expresas al valor social, calidad en las condiciones de empleo y retribución y ambiental, así como a la protección de las PYMES en la que pone el acento.
Los criterios de adjudicación se vinculan a la lógica calidad-precio y se ponen en valor los servicios intelectuales.
Aporta mayor transparencia en la contratación pública, aumentando respecto de la legislación anterior, la exigencia en la justificación y motivación de la necesidad de contratar y del procedimiento elegido. Todo ello para evitar las prácticas de fragmentación del objeto del contrato para eludir los controles fiscalizadores. Asimismo, se adopta la obligación de difundir la información de los contratos menores adjudicados a cada contratista con el fin de prevenir actuaciones irregulares.
Por otra parte, se aumenta y se detalla con mayor extensión la información que se debe publicar en los perfiles de contratante de los distintos órganos de contratación.
- Amplia los niveles económicos exigidos para acudir al recurso especial a cuantías inferiores a las del importe armonizado (Contratos SARA), permitiendo así que un mayor número de contratos se puedan beneficiar de la acción de los tribunales centrales de contratación. (A partir de la nueva LCSP tienen derecho al recurso especial aquellos contratos que superen los tres millones de euros en obras y concesiones y cien mil euros en suministros y servicios).
- La nueva LCSP crea un organismo independiente de supervisión y control: La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, adscrita orgánicamente al Ministerio de Hacienda, y constituida por personal independiente que asume las funciones de Gobernanza de las Directivas de contratación pública. Podrá dictar instrucciones, pero sin competencias de anulación o sanción.
En resumen, una Ley que mejora notablemente a la anterior y que pronto empezará su aplicación.
Aquí puedes descargar la ley completa.